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Derecho de imagen y al honor

El honor es el derecho que tiene toda persona a su buena imagen, nombre y reputación. Todos tenemos derecho a que se nos respete dentro de nuestra esfera personal, cualquiera que sea nuestra trayectoria vital, siendo así un derecho único e irrenunciable propio de todo ser humano.

De esta protección gozan igualmente las empresas o sociedades, de forma que se puede incidir gravemente sobre personas, directivos u órganos de las mismas.

AUTORES DE LESIÓN AL DERECHO AL HONOR

Es Todo aquel que bien a través de hechos o de opiniones personales puede dañar de forma indubitada la esfera personal y privada de una persona, a través por medio de los diferentes medios de comunicación existentes en la actualidad.

Siempre que una persona lesiona el derecho al honor de otra, nace la obligación de resarcir el daño causado, ya sea material o moral, con independencia de que más adelante se tomen las medidas oportunas para evitar la repetición de tales hechos.

DELITOS CONTRA EL DERECHO AL HONOR

  • Calumnia: es la imputación de un delito, hecha con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio hacia la verdad.
  • Injuria: es la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estima. Sólo constituirán delito aquellas que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves.

En ambos casos, será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado dicha calumnia o injuria.

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